La fiscal general del Estado, Diana Salazar, en entrevista con FM Mundo, señala que la sentencia en el Caso Sobornos 2012-2016 se encuentra en una primera instancia y que "para la presentación de recursos de apelación o casación no se establecen plazos precisos".
"El Tribunal se pronunció de forma oral. En la sentencia escrita tendrán que establecer el monto de reparación que cada uno de los sentenciados debe cancelar y a la Corte le corresponde hacer el seguimiento para que se ejecute esa sentencia", dijo.
Explicó que la suspensión de derechos políticos es una sanción impuesta por los jueces y contemplada en nuestra Constitución. "Debe quedar claro que la justicia actúa con base en los hechos, que se demuestran con las pruebas presentadas en la etapa de juicio".
"En la Constitución de 2008 se estableció que el delito de cohecho puede ser juzgado en ausencia y que es imprescriptible. Eso tiene una razón de ser: los países, en la Convención de Mérida, acordaron establecer acciones ejemplares en contra de la corrupción", dijo.
Explicó que el procesado no esté presente, no afecta su derecho a la defensa. El procesado, en todo momento, cuenta con su defensa técnica.
En este caso se juzgó a 20 personas que formaron parte de una organización delictiva.
"En el Caso Sobornos 2012-2016, la estrategia de la defensa de los procesados fue negar su responsabilidad y culpar a otros, pero no negaron la existencia de una estructura delictiva", aseveró.
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